Inicio Sin categoría Indicaciones para el estricto cumplimiento de las medidas de Control Sanitario Internacional del personal que viaja al exterior

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La Dirección de Ciencia, Posgrado y Colaboración del InSTEC emite las siguientes indicaciones para el estricto cumplimiento de las medidas de control sanitario internacional del personal que viaja al exterior de acuerdo a Referencia de la RS.OM.377 del 18 de marzo de 2016 emitida por el Ministro de Educación Superior, Rodolfo Alarcón Ortiz.

  • Todo personal ajeno al instituto (trabajador o estudiante) que regresa del extranjero tiene que pasar por el Centro de vigilancia y control epidemiológico donde puede permanecer hasta por 5 horas para su chequeo; aquellos que no cumplan con este control serán sancionados severamente y podrán quedar imposibilitados de la continuación de su misión.
  • En la tarjeta de control sanitario que reciben a su entrada al país deben poner la dirección donde realmente residirán de manera que puedan ser localizados por las autoridades sanitarias en los próximos 15 días.
  • Los colaboradores mujeres, sexualmente activas y en edad reproductiva, deben someterse a un test de embarazo antes de su regresó a Cuba, que en caso de ser positivo y en edad de gestación hasta las 20 semanas, serán hospitalizadas a su entrada a Cuba durante 12 días en una sala creada a estos fines.
  • Posterior al día de regreso a Cuba los trabajadores y estudiantes deben contactar con Relaciones Internacionales (RI) del InSTEC y reportar su entrada a Liuska Ortega Rodríguez (Email: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla., Teléfono: +53-7-878-9857), además de indicar la dirección o cualquier cambio de la misma donde residirán durante los próximos 15 días. Los trabajadores deben informar también a Recursos Humanos (RRHH) y los estudiantes al Decanato de su Facultad (DF).
  • Para la reincorporación al centro de trabajo, el trabajador debe presentar a RRHH y los estudiantes al DF, además en ambos casos a RI (Liuska Ortega Rodríguez), el documento que  certifica que fueron controlados, emitido por el médico de la familia o área de salud, a realizarse durante los 15 días posteriores a su regreso.
  • RI mantendrá actualizada una base de datos de las personas que viajan por trabajo o estudio, con la dirección particular (conciliada con Dirección de RRHH y Decanatos según  corresponda) y las fechas de salida y entrada al país.
  • Queda responsabilizada con el control de esta actividad por RI la especialista Liuska Ortega Rodríguez.

24 de Marzo de 2016

Emitido por: Dr. Maykel Márquez Mijares
Director de Ciencia, Posgrado y Colaboración
Vto Bueno: Dr. Yuri Aguilera Corrales
Vicerrector de Ciencia, Posgrado y Colaboración